Absueltos los cuatro acusados del ‘caso Palmera’ al no probarse la prevaricación. Fuente: La Provincia..
La Audiencia no considera acreditado que crear un parque eólico ocasionara daño patrimonial al Ayuntamiento
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha absuelto en su fallo de ayer miércoles a los cuatro acusados del llamado Caso Palmera. Es decir, al exalcalde de Santa Lucía de Tirajana por Nueva Canarias (NC ), Silverio Matos, así como al exconcejal, Antonio Ruiz; y los empresarios José Luis Alemán y Antonio Marcial Sánchez, tras once años de investigación judicial.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) recordó que los hechos por los que se llegó a juicio están relacionados con la tramitación administrativa de un parque eólico que proyectaba instalarse en el municipio sureño de Gran Canaria en el año 2004. La denuncia fue presentada en 2007.
Por su parte, el fiscal acusaba de prevaricación administrativa a los dos expolíticos y solicitaba penas de inhabilitación, mientras que la acción popular [personada en el proceso en nombre del exconcejal de Santa Lucía de Tirajana, Rufino Pérez] extendía los cargos a los dos empresarios y les acusaba de uso de información privilegiada y tráfico de influencias.
Así, la Audiencia señaló en la sentencia que «no sólo no quedó acreditado que dicha operación ocasionase un perjuicio patrimonial al Ayuntamiento, sino, antes al contrario, quedó acreditado que el citado proyecto era muy beneficioso económicamente para la Corporación municipal, que habría obtenido cuantiosos beneficios no sólo económicos, sino de obtención de energía limpia y renovable, de no haberse anulado el concurso y haber sido adjudicatarios».
En cuanto a los empresarios, la Sala apuntó que tampoco quedó acreditado en el plenario que hubieran hecho uso de ninguna información privilegiada, «y mucho menos que hayan obtenido siquiera algún tipo de información relevante y de fuentes no accesibles para la generalidad de la ciudadanía de parte de los otros dos acusados» [los dos políticos].
Finalmente, el TSJC matizó que el fallo es susceptible de recurso de casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
Respecto a ese proyecto de parque eólico, el expediente se aprobó supuestamente aprisa y corriendo, sin el preceptivo informe jurídico que lo avalara y sin un análisis detallado por los responsable políticos y funcionarios.
Según las acusaciones, favoreció presuntamente al esposo de una concejala del grupo de gobierno en esa etapa, gerente de una las empresas con las que se acordó la permuta de suelo por participaciones de la entidad mixta. Un trueque, en opinión del Ministerio Fiscal, que permitiría a esa empresa obtener 3,6 millones de euros durante la vida del parque, mientras que el valor de la parcela era de unos 120.000 euros.
De esta manera se aprobó el día 11 de enero de 2005 el convenio para la adquisición de parcelas privadas para un parque eólico en Doctoral, en el municipio grancanario de Santa Lucía de Tirajana, que finalmente no se construyó.
La Junta de Gobierno aprobó ese día el convenio de permuta con tres empresas para darles, a cambio de sus parcelas, participaciones en la entidad mixta que gestionaría el parque eólico.
La Fiscalía entendió que el exalcalde Silverio Matos y el exedil Antonio Ruiz no respetaron la ley para favorecer con una adjudicación que beneficiaba a los otros acusados de este caso judicial. La fiscal vio innecesaria la permuta de la parcela del marido de la edil.
Sin embargo, el exalcalde Silverio Matos resaltó en su declaración en la sala que «la permuta era beneficiosa para Santa Lucía y volvería a hacer lo mismo». Matos defendió la legalidad del acuerdo y que la parcela de la empresa del marido de la concejala era necesaria y alegó que los técnicos eligieron un suelo óptimo.
La denuncia la presentó el concejal de la oposición Rufino Pérez en el Juzgado de la Primera Instancia e Instrucción número 4 de San Bartolomé de Tirajana. El denunciante manifestó en la última sesión del juicio que él y su familia «habían pasado un calvario» en el municipio.
FUENTE DE LA NOTICIA: La Provincia.
Fecha de publicación de la noticia: 31 de octubre del 2018
