Fachada de la Audiencia Provincial, donde se juzgó el caso. La Provincia.
El fallo indica que el acusado, vecino de Santa Lucía, se prevalió de su superioridad para agredir sistemáticamente a las niñas durante 16 años.
La Sección Primera de la Audiencia de Las Palmas notificó ayer a las partes de la sentencia que impone un total de 42.432 años de prisión al vecino de Santa Lucía Antonio Castro Trujillo, como autor de un total de 2.496 delitos de violación consumados en la persona de sus tres hijas, todas ellas menores de edad cuando se consumaron los hechos. El fallo impone al procesado la obligación de abonar a cada una de las víctimas la suma de cinco millones de pesetas en concepto de indemnización. La condena, señala el fallo, implica la pérdida de la patria potestad del imputado sobre las menores.
El fallo ha acogido las tesis esgrimidas en el juicio por el abogado de la acusación particular, José María Guerra Aguiar, que computaba un total de 2.496 violaciones, frente a las quince esgrimidas por el Ministerio Fiscal.
Dos veces por semana
La sentencia considera probado que el acusado comenzó a abusar de sus hijas cuando la primera de ellas, nacida en 1967, no había cumplido los doce años y entiende que los abusos se prologaron hasta julio de 1995, lo que implica que los abusos se perpetraron entre 1979 y 1995, es decir, por espacio de dieciséis años. Las otras dos víctimas de las violaciones nacieron en 1968 y 1969, respectivamente.
La Sala considera probado que Antonio Castro, natural de Telde, tuvo relaciones sexuales con sus hijas desde que la mayor de ellas no había cumplido 12 años. Estas cohabitación, agrega el fallo, «se prolongaron hasta julio de 1995, con una frecuencia de dos veces por semana con cada una de ellas». El durísimo capítulo de hechos probados del fallo relata que la primera vez «se trató de una relación simultánea por las tres hermanas, pero inmediatamente Antonio Castro pasó a penetrarlas vaginalmente por separado».
Habida cuenta de que las jóvenes no querían mantener relaciones sexuales con su padre, éste, añade la sentencia, empleó para conseguirlo dos medios: «Su condición de padre y el temor que provocaba en sus hijas, motivado por las continuas agresiones de las que hacía objeto por cualquier excusa». El procesado consiguió los favores sexuales de sus hijas empleando la violencia física y advirtiéndolas de que, de no plegarse a sus deseos, «tomaría represalias y las golpearía con más dureza».
La vista del juicio oral contra Antonio Castro se celebró el pasado lunes 27 de enero a puerta cerrada, con el fin de proteger el anonimato de las víctimas de l delito.
El fallo ha considerado tanto las declaraciones de las menores como el testimonio de la psicóloga propuesta por la acusación particular, Nieves González, que explicó a la Sala las consecuencias de la brutal agresión e indicó que, como factor común, las tres hermanas demuestran hoy su miedo «a relacionarse con hombres y los recelos de que otras personas pudieran conocer los hechos» que enjuició la Audiencia Provincial.
Según indica el fallo, Antonio Castro «había creado tal situación de terror en su familia que le permitía disponer de sus voluntades a su capricho», ya que «el estado de cosas mantenido durante quince años terminó por anular la capacidad de discernimiento de sus hijas».
FUENTE DE LA NOTICIA: La Provincia.
Fecha de publicación de la noticia: 13 de febrero de 1997.
