El alcalde de Santa Lucía de Tirajana, Francisco García, en una imagen de archivo. Fuente: Canarias7

La Plaza 3 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de San Bartolomé de Tirajana ha dictado un auto, con fecha 2 de enero, en el que acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa contra el alcalde de Santa Lucía de Tirajana, Francisco García, el primer teniente de alcalde, Julio Ojeda, y la edil Ofelia Alvarado, por un presunto delito de malversación de fondos públicos relacionado con el pago de productividades a los trabajadores de la Gerencia Municipal de Cultura y Deportes de Santa Lucía, conocido como el Ateneo Municipal.

En concreto, se les investigaba, junto a otras seis personas, por un acuerdo para un incremento salarial a los alrededor de 120 empleados por encima de lo que está amparado legalmente y con informes en contra de Intervención. Según la denuncia penal, los hechos habían ocurrido entre diciembre de 2023 y julio de 2024, cuando la llamada Comisión Paritaria había adoptado acuerdos para justificar el «abono irregular» de 3.134.000 euros. Ahora, el juzgado sostiene que tras las actuaciones «no aparece debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado motivo a la formación de la causa».

La denuncia había sido presentada por el edil de AV-PP en Santa Lucía de Tirajana, Juan José Ramos, en octubre de 2024 y fue admitida a trámite a principios de 2025. Estaban incluidos los responsables políticos, miembros del comité de empresa y un abogado externo vinculado a la sociedad municipal. García y Ojeda declararon a mediados de año y otros encausados fueron citados en el juzgado el pasado 7 de diciembre.

En el mismo auto, el juez Julio Wood también acuerda dejar sin efecto la declaración pendiente de otras tres personas. Asimismo, da a las partes un plazo de tres días para presentar un recurso de reforma y de cinco días para la apelación, además de 20 días para que las víctimas puedan recurrirlo.

Una denuncia política, según el alcalde

El alcalde, Francisco García, valoró positivamente el auto judicial conocido este miércoles. «Siempre he sido de la opinión de que confío en la justicia, y hoy aún más, porque el juez nos ha dado la razón y se ha dado el sobreseimiento de la denuncia política que hizo el concejal del Partido Popular».

Asimismo, puntualizó que «lo único que se ha conseguido es tener que invertir dinero público para defender a las personas que se han denunciado por esta causa». Incidió en que se hizo con el fin de desgastar al gobierno municipal y perjudicar al personal del Ateneo Municipal. El regidor añadió que «Ramos ha demostrado que tiene vocación de seguir en la oposición, donde lo situó la ciudadanía restándole más de la mitad de los votos las últimas elecciones».

Petición de sobreseimiento

La defensa del alcalde y de otros investigados, José María Guerra Aguiar, presentó un escrito pidiendo el sobreseimiento el pasado 11 de diciembre, al considerar que «no existe el menor indicio» de que los hechos puedan ser constitutivos de delito.

Según expone, el incremento salarial tiene su origen en un convenio colectivo aprobado en 2019, antes de que la mayoría de los investigados formaran parte de la Gerencia o incluso de que mantuvieran relación laboral con la misma. El convenio fue remitido en su momento a la Dirección General de Trabajo del Gobierno de Canarias, informado por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia sin que se formulara objeción alguna a su contenido.

El escrito recuerda además que, en 2021, uno de los sindicatos presentó una demanda para exigir el cumplimiento del convenio en lo relativo al pago de la productividad. Para evitar una sentencia condenatoria con intereses y costas, la Gerencia alcanzó un acuerdo, avalado jurídicamente, al entender que el convenio era plenamente válido y de obligado cumplimiento.

Un mandato del juzgado de lo Social

La defensa subraya también que en noviembre de 2024 un juzgado de lo Social requirió expresamente a la Gerencia para que abonara el complemento de productividad en un plazo máximo de un mes. Este mandato judicial motivó la adopción de acuerdos en el Consejo de Administración para proceder al pago. No obstante, tras tener conocimiento de la denuncia penal, los responsables acordaron suspender los pagos y poner los hechos en conocimiento del propio juzgado social.

Otro de los argumentos clave del escrito es que no fue hasta julio de 2025 cuando la Intervención municipal emitió un informe advirtiendo de que el complemento superaba los límites retributivos fijados por la normativa estatal. A raíz de ese informe, la Gerencia acordó reclamar a los trabajadores la devolución de las cantidades abonadas en exceso y promover la impugnación del artículo del convenio que regulaba la productividad, actuaciones que ya se han iniciado.

En cuanto al pago de honorarios a un abogado sindical, uno de los hechos también cuestionados en la denuncia, la defensa aclara que dicho abono nunca llegó a materializarse, ya que fue finalmente denegado tras un informe negativo de la Intervención municipal.

El escrito concluye que los investigados nunca actuaron contra informes de Intervención, ni adoptaron decisiones arbitrarias, y que todas las actuaciones estuvieron respaldadas por informes jurídicos o resoluciones judiciales.

FUENTE DE LA NOTICIA: Canarias7.

Fecha de publicación de la noticia: 7 de enero, 2026